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III Encuentro sobre Responsabilidad Profesional 
Salud y Medio Ambiente

 

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Medio Ambiente: Responsabilidad de las instituciones de salud por daño ambiental.

Esta mesa fue representada por el Lic. Claudio Vessuri de la Cámara Argentina de Industrias de Tratamiento para la Protección Ambiental, quien describió la ayuda que se le brinda a los centros de salud para que puedan cumplimentar la responsabilidad profesional, en relación al manejo y destrucción de los residuos. En cuanto a las responsabilidades de las instituciones citó a la Ley 24.061, especialmente en lo referente a las indicaciones primarias que brinda la norma, sobre las que detalló: “La misma recomienda adoptar medidas tendientes a disminuir la cantidad de residuos peligrosos que se generen; separar adecuadamente y no mezclarlos; embasar los residuos e identificar los recipientes (manejo) y entregar estos residuos peligrosos a personas calificadas como serían, en este caso, los transportistas habilitados”.
En cuanto a las sanciones que eventualmente se aplican a quien no realice un manejo adecuado de los residuos, Vessuri destacó: “La norma prevé que las sanciones no se agoten en la instancia administrativa sino que se aplicará sobre la responsabilidad civil o penal que se le pudiera imputar al infractor. Esto es así porque fueron incorporados los delitos ambientales al código penal”.
 

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