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Responsabilidad Profesional Médica: la visión de un juez
de la nación.

Septiembre - Octubre 2009
 

Dr. Ricardo Li Rosi

APM entrevistó al Dr. Ricardo Li Rosi, Juez de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y vicepresidente de la Academia Judicial Internacional (IJA). En esta entrevista opina sobre diversos aspectos de interés y actualidad sobre la responsabilidad profesional médica.

Qué opina respecto al listado de peritos con el que trabajan los jueces, ¿debería pedirse la certificación y re certificación de todos los que allí aparecen?
Los jueces tenemos reglamentos que debemos acatar, los que hoy en día no exigen la certificación. Personalmente creo que deberían requerirla, y sería sano que las listas de peritos estuvieran confeccionadas por los profesionales que tuvieran las más altas calificaciones científicas, porque en la medida en que eso suceda, elevaremos el nivel del servicio que se presta al justiciable.

¿Cree usted que las demandas por responsabilidad profesional médica, en general, pretenden montos indemnizatorios muy alejados de lo que la jurisprudencia contempla para casos similares?
Los montos me parecen adecuados.

¿Qué opina del proceso de Mediación Previa Obligatoria? Sus resultados, ¿han sido positivos para el sistema judicial, y en particular para la administración de reclamos por responsabilidad profesional médica?
Soy un entusiasta de la mediación. Este instituto, que fue traído a nuestro país y que ha crecido gracias a la labor incansable de dos grandes juristas argentinas, la Dra. Gladys Álvarez y la Dra. Elena Highton, es uno de los más interesantes que se han incorporado al sistema judicial argentino. Lo he apoyado desde el principio. Siendo juez de primera instancia, integré la experiencia piloto que estas dos destacadas magistradas promovieron durante dos años, antes de que saliera la Ley Nacional de Mediación. Me parece que es una herramienta que como todo es perfectible, pero que nos asegura una solución a muchísimos casos a los cuales el sistema judicial no podría satisfacer adecuadamente. Por supuesto que, como todos los institutos, es susceptible de ser mejorado, pero realmente es uno valiosísimo, y creo que lo es especialmente para éste área de la responsabilidad médica porque resguarda principios como los de confidencialidad, de respeto al profesional y a las instituciones. Creo que debemos insistir con este instituto, perfeccionarlo, y avanzar en la co-mediación interdisciplinaria, porque la técnica se enriquece con la multiplicidad de miradas. Hay mucho por hacer en el tema de la mediación, pero debemos seguir en este camino porque es el que transitan los países más progresistas y de distinto tipo de ideología: existe en los Estados Unidos y en la República Popular China, por que la mediación es insita a la solución de los conflictos en sociedades civilizadas.

“Para la responsabilidad médica la mediación es valiosa porque resguarda principios como los de confidencialidad, de respeto al profesional y a las instituciones”.

¿Cuál es su postura acerca de la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, y particularmente del instituto de los daños punitivos, en materia de responsabilidad sanatorial por error médico?
Es sano que haya un desarrollo legislativo y jurisprudencial en materia de los derechos del consumidor. Todos los países evolucionados dan una relevancia al consumidor. Se trata de una figura central en la economía de esos países. La protección a la seguridad de los contratos hace a la seguridad jurídica general de una sociedad y, como tal, es un hecho auspicioso que existan normas que regulen la materia.

El tema de los daños punitivos fue motivo de una ardua discusión jurídica, y no ha sido esa la corriente que ha seguido nuestro legislador cuando reguló la materia indemnizatoria. Sin embargo, personalmente estoy a favor de los daños punitivos, porque creo que con prudencia y buen tino los jueces pueden encontrar en este instituto un remedio a situaciones que de otra manera quedarían resueltas en una ecuación que no sería exactamente justa.

Para eso sería importante que los jueces se capaciten…
Esto es muy importante: cuando se introduce una modificación de este tipo, que implica un cambio cultural trascendente en lo que se venía haciendo, es fundamental que haya una actividad de formación e información a los jueces muy intensa, porque de otro modo podría suceder que un instituto que es correcto, que podría dar soluciones a situaciones injustas, terminase siendo una herramienta de arbitrariedad. Y eso es lo que tenemos que tratar de evitar. Por ello, insisto, al instituto lo veo como auspicioso, pero su implementación debe ir acompañada por una actividad de formación que asegure que el instituto no sea desvirtuado. Con eso hay que ser cuidadoso.


Usted es vicepresidente de la Academia Judicial Internacional, que trabaja en la formación de los jueces…
La Academia Judicial Internacional es una organización mundial de jueces cuya finalidad es la formación permanente de los magistrados y funcionarios judiciales en todo el mundo. En septiembre pasado celebró su décimo aniversario, pero en Argentina opera desde 2003. Desde entonces desarrolla distintos seminarios, entre ellos, el de evidencia científica, es decir, el acercamiento de los jueces a las ciencias, que es uno de sus capítulos más importantes. La Academia organiza talleres, seminarios, jornadas sobre distintos temas, muchos de ellos organizados junto a las sociedades científicas en el campo de la medicina, con las cuales hemos acercado a los jueces a especialistas en temas de interés para sus tareas. Hoy por hoy, la Academia es la institución que más jueces y funcionarios judiciales beca con distintos tipos de programas académicos, como jornadas, seminarios nacionales, de cuatro días de duración, y seminarios internacionales, que de acuerdo al tema se desarrollan en las ciudades de Washington, La Haya o Estrasburgo.

¿De qué manera estas sociedades científicas aportan a los procesos judiciales?
El rol de las sociedades científicas en los procesos judiciales es un tema de debate en todo el mundo. En países como Estados Unidos, Francia y Alemania cumplen un rol muy activo en los procesos judiciales porque son convocadas por los jueces y tribunales para que les acerquen información útil para entender mejor los planteos que se hacen, los dichos de los testigos expertos, las propias pericias. Es decir, el rol de las sociedades científicas no es hacer pericias, pero si brindar información que sirva de base para un mejor entendimiento de lo que se debate y de las pruebas que se aportan al proceso.

¿Cuál era el panorama en 2003, cuando la IJA comenzó a trabajar en nuestro país y cómo fue avanzando la relación entre las sociedades científicas y los actores del campo judicial?
Cuando comenzamos, el panorama de colaboración entre los jueces y las sociedades científicas era más bien tradicional, y consistía en alguna opinión aislada solicitada por el magistrado. Nosotros las involucramos en el proceso de formación de los jueces, con lo cual creemos que hemos dado un salto cualitativo en la relación con esas sociedades. Actualmente, venimos trabajando muy activamente con las sociedades científicas del sector de la medicina, justamente para activar el rol que ellas deben cumplir en el campo judicial. Nuestra propuesta ha sido muy bien recibida por esas sociedades, como la Academia Nacional de Medicina, y han tenido un rol muy activo en los talleres y seminarios que realizamos, brindándoles a los jueces conocimientos sobre los distintos aspectos y áreas de la medicina. En cuanto a los magistrados, ellos también han respondido gratamente a nuestra propuesta, y están incorporando a estas sociedades científicas a su labor.


 

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