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PANORAMA INTERNACIONAL
La experiencia mexicana.
Julio - Agosto 2011


Por Dr. Carlos Dueñas. Secretario de la Asociación Nacional de Hospitales Privados de México.

Dr. Carlos Dueñas. Secretario de la Asociación Nacional de Hospitales Privados de México.
En el estado de Jalisco, México, la tendencia al reclamo para una presunción de mala praxis médica ha ido en aumento. Toda vez que los afectados encuentran sus justificaciones en la pérdida de una vida, de daños irreversibles en la salud y a su patrimonio, elemento detonante este último en la actual crisis económica que nos afecta, y es por ello que acuden a las instancias jurisdiccionales a diArimir su controversia y a pedir que se haga justicia.
Los médicos que ejercen la práctica de la medicina en instituciones oficiales del sector salud, y en los hospitales privados de esta entidad federativa, la mayoría tiene contratada una póliza de responsabilidad penal y civil con compañías de seguros u otras empresas de asesoría legal, dado el temor que se ha incrementado en el gremio médico de ser demandado y requerido por las autoridades competentes en los casos de mala praxis médica.
Las instancias legales más requeridas por los usuarios afectados por los actos de una mala praxis médica son:
1. La Procuraduría General de Justicia, a través de una agencia del ministerio público donde se presenta la demanda penal o querella de hechos presumibles de una conducta delictiva por el médico responsable directo de la atención al enfermo, o de quienes resulten responsables; estos últimos pueden ser los médicos coadyuvantes, los médicos residentes, enfermeras, personal de laboratorio, de rayos X y personal administrativo que tenga una relación accionante en la atención ofrecida al enfermo.
En la Agencia del Ministerio Público de Responsabilidades Médicas se abre la averiguación previa para poder determinar si existen o no elementos probablemente constitutivos de una conducta delictiva.
Los medios de convicción consisten en el desahogo de aquellas pruebas, como son: aseguramiento del expediente clínico, fe ministerial del lugar de los hechos, declaración ministerial de los presuntos responsables, testimoniales, opiniones periciales por peritos oficiales o privados y algún otro medio de convicción.
2. Otra de las instancias a las que acuden los afectados por actos de una mala praxis médica son los juzgados judiciales civiles. Presentando su demanda en la cual fijan las pretensiones que se reclaman y los hechos en los que se fundamentan, generalmente la reclamación consiste en el pago de daños y perjuicios derivados de la atención médica, gastos y costas del juicio y daño moral.
Una vez contestada la demanda, se cita a una audiencia conciliatoria por medio del conciliador del juzgado civil, para darles alternativas de solución del litigio. Para que el médico y los afectados puedan acordar mediante esta vía como resolver la controversia. En caso de que acuerden las partes, celebran un convenio que el juez aprobará si se procedió legalmente y tendrá fuerza de cosa juzgada, concluyendo así el juicio. En caso de no resolverse la controversia se continuara con el procedimiento, el Juez mandará a abrir el período de pruebas para conocer la verdad acerca de los puntos controvertidos, y las partes asumen la carga probatoria de los hechos constitutivos de sus pretensiones.
Posteriormente la recepción y desahogo de las pruebas se harán en audiencias públicas, concluido lo anterior, son valoradas en conjunto las pruebas por el juzgador, atendiendo a las reglas de la lógica y de la experiencia, exponiendo los fundamentos de la valoración jurídica realizada y de su decisión de la sentencia, con la cual concluye el procedimiento.
3. La Comisión de Arbitraje Médico en el Estado de Jalisco (CAMEJAL) es una de las instancias más requeridas por los pacientes afectados o por sus familiares, y no por los médicos para que en este campo diriman sus controversias.
La calidad de los servicios médicos ha adquirido una gran relevancia, debido:
1. El conocimiento social de la salud y la vida como bienes tutelados en nuestra constitución.
2. La ciencia y tecnología médica ha tenido avances tan rápidos que generan expectativas en los pacientes y exigen mayor rigor en la aplicación de los criterios técnicos y éticos.
3. La preocupación por los altos costos de la medicina, que afectan los recursos financieros de las instituciones de salud y de los pacientes.
4. La sociedad actual es más participativa en la atención de su salud y exige de acuerdo con sus expectativas servicios de calidad y buen trato.
La CAMEJAL ofrece a la población diversas posibilidades de solución de conflictos como información, asesoría, mediación, conciliación y arbitraje. En mi opinión el proceso que más realiza la comisión es el de la conciliación, predominante en los conflictos de la práctica médica privada. Si se llega a la conciliación de la controversia se firma un convenio correspondiente a la solución del conflicto; adicionalmente si se detecta la probable omisión de un ilícito se da vista a la representación social (Ministerio Público). En los casos en los que no se acepta la conciliación se dejan a salvo los derechos del paciente y del médico, para que acudan a las instancias jurisdiccionales a dirimir su conflicto.
4. La responsabilidad administrativa de la práctica médica es propia de los médicos que trabajan en instituciones públicas de salud. En estas dependencias existen unidades a las que fácilmente tiene acceso el público para presentar quejas y denuncias por incumplimiento de las obligaciones de los médicos y con esta simple acusación se inicia el procedimiento disciplinario. El procedimiento lo inicia el órgano interior (Contraloría) citando al médico a una audiencia respetándole sus garantías constitucionales, haciéndole saber la responsabilidad que se le imputa, y el derecho que tiene a presentar pruebas y alegar lo que a sus derechos convenga. Desahogadas las pruebas el órgano interno resolverá si existe o no responsabilidad imponiéndole al infractor las sanciones administrativas correspondientes.
Cada una de las instancias para dirimir los conflictos de responsabilidad médico-legal en el estado de Jalisco (México) requiere de una amplia exposición teórica y práctica.
Aprovecho esta oportunidad -desde la práctica y la experiencia personal- para que los médicos y asociaciones públicas y privadas, colegios médicos y asociaciones médicas, generen un cambio profundo y hagan conciencia de que no solo se trata de un reclamo supuestamente abusivo, si no del impacto económico creciente que está generando la mala praxis médica en nuestro entorno social tan duramente deteriorado por las crisis económicas actuales.
De lo anterior se concluye que, dado el reconocimiento de la salud como un derecho social, la participación de la sociedad en su propio cuidado, así como la socialización de la medicina y el avance de la ciencia y la tecnología para la salud, contribuyeron con logros significativos en la calidad de la vida de la población, pero también propiciaron la aparición de dilemas éticos y legales, que hacen más conflictiva la relación médico-paciente.


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APM N° 21 – Marzo/Abril 2010.

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