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¿Es responsabilidad de un médico la infección tras una cirugía?


Jurisprudencia / España.

Los padres de un menor decidieron llevar a su hijo al médico de cabecera porque observaron un aspecto llamativo de sus piernas, al encontrarse arqueadas o en forma de X.
El médico llevó a cabo una exploración física y una radiografía. Tras la radiografía, se diagnosticó que el aspecto llamativo de sus piernas es porque sufría una deformidad en la rodilla izquierda y derecha, conocida como Genu Varo.
Por ello, se le dio cita en el hospital para practicar una cirugía de corrección de la patología, conocida como cirugía de osteotomía valguizante. La operación transcurrió con normalidad y sin problemas. Fue un éxito y se corrigió la patología por la que había sido ingresado.
No obstante, los problemas aparecieron en días posteriores. Dos días después de ser intervenido, acudió de nuevo al hospital porque la herida de la cirugía no estaba sanando correctamente. Así, en los servicios médicos le diagnosticaron de miositis y fascitis no necronizante postquirúrgica (infección) causada tras la intervención de cirugía de osteotomía valguizante.
El paciente fue intervenido quirúrgicamente en varias ocasiones para limpiar la infección. Las cirugías de limpieza fueron un éxito y el paciente siguió una evolución favorable, por lo que se le dio el alta.
Sin embargo, quedó descontento por los perjuicios que le había causado la infección, por lo que decidió interponer una demanda reclamando una indemnización por los daños supuestamente causados.
El abogado del paciente argumentó que la infección podía haberse evitado. Alegó que inmediatamente después de la realización de la cirugía, debían haberse administrado fármacos antibióticos para prevenir la infección. Además, consideró que una vez que se le dio el alta, no se le pautó el seguimiento oportuno para controlar una posible infección. Al respecto, el perito alegó que cuando hay un seguimiento periódico de la cirugía y, por tanto, se diagnostica en fases iniciales, la curación es mucho más rápida y eficaz porque la sintomatología es mucho más leve.
Por otra parte, el abogado de los facultativos contestó en relación a lo transmitido por el abogado del paciente, sobre el tratamiento antibiótico y el seguimiento.
En primer lugar, expuso que en el momento inmediatamente posterior a la cirugía no se pautó tratamiento antibiótico contra la infección porque, en ese momento, no existían indicios de acaecimiento de la patología. Por tanto, no se podía aplicar tratamiento contra algo que no existía.
De otro lado, alegó que sí se hizo el control y seguimiento al paciente, y en el marco de este seguimiento es cuando acudió de nuevo al hospital dos días después de la intervención, donde fue atendido y tratado conforme a los protocolos y estándares clínicos establecidos. Por tanto, alegaba que no había existido mala praxis.
Por otra parte, sostuvo que cuando la cirugía conlleva la introducción de un cuerpo extraño como es el material de osteosíntesis, existe un riesgo objetivo de infección. En este caso, la cirugía de osteotomía valguizante practicada para la corrección de la patología, conllevó efectivamente la introducción de un cuerpo extraño, por lo que este riesgo de infección existía. No obstante, es un riesgo completamente ajeno a la buena praxis médica empleada en el caso.
El informe pericial de la defensa se pronunció en este sentido al señalar que la infección se puede presentar incluso cuando se extreman las medidas para evitar su aparición. Igualmente, dejó claro que no existía ninguna maniobra o actuación que minimice el riesgo de aparición.
Por último, explicó que las cirugías de limpieza de la infección se realizaron de forma correcta, conforme a los protocolos y estándares clínicos establecidos.
El juez finalmente dictó sentencia, en virtud de la cual consideró que la infección es un riesgo objetivo e inherente a este tipo de intervención, independiente de la buena praxis aplicada con el paciente, por lo que el acaecimiento de la infección es un hecho fortuito no imputable a los doctores. Por ello, se desestimó la demanda del paciente condenándole a pagar las costas del procedimiento judicial.

Fuente: Gaceta Médica
http://www.gacetamedica.com/politica/es-responsabilidad-de-un-medico-la-infeccion-tras-una-cirugia-HA1543669




 

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