Panel: Responsabilidad
profesional del productor asesor de seguros, corredor de reaseguro, directores y
gerentes
El coordinador de la mesa fue el Dr. Federico Tallone (Abogado y
Vicepresidente del Foro para el Desarrollo de las Ciencias). Los
disertantes invitados fueron: Dr. Edurado Toribio (ex Superintendente de
Seguros), la Lic. Florencia Gallino (Suscriptora de D&O, CHUBB), y el
Lic. Fernando Tornato (miembro de la Comisión Directiva AAPAS).
El tema abordado fue: “Exposición a los reclamos. Errores más comunes.
Doctrina y Jurisprudencia. Desarrollo actual de la litigiosidad.
Viabilidad de asesoramiento. Seguros de Caución para Directores y
Gerentes. Su regulación específica. Tendencia.”
El Dr. Eduardo Toribio hizo hincapié en los distintos tipos de
responsabilidad, sobre lo que dijo: “Podríamos encontrar
responsabilidades que surgen en 3 niveles, que yo ubico en forma
superpuesta. Uno es el tema de la responsabilidad penal, otro es el tema
de la responsabilidad civil, y otro que yo suelo llamar responsabilidad
reglamentaria. La primera tiene por objeto propender a la protección del
interés público, o sea, las conductas que constituyen delito son de una
gravedad tal en la concepción social que por eso se castigan
especialmente. La segunda sería la responsabilidad civil, que a veces
puede derivar de una responsabilidad penal, donde el interés que estamos
protegiendo es el interés patrimonial de las personas. Y el tercer caso
sería la responsabilidad reglamentaria que tiene finalidades que se
pueden ir ubicando. Uno atiende al mejor desarrollo del mercado
asegurador; otro apuntará al mejor rendimiento del sistema de salud (en
el caso de los médicos); en el caso de los escribanos será a la
protección de la fe pública… Algunas veces hay conductas que van
convocar a las 3 responsabilidades, en el caso de los productores uno ha
encontrado distinguidos colegas que con un envidiable espíritu de
iniciativa emiten pólizas de compañías que no existen, o entregan
recibos falsificados, etc.; y de alguna manera ahí vemos una
responsabilidad penal que derivará seguramente en una responsabilidad
civil cuando alguna víctima de esa maniobra haya sufrido un perjuicio
patrimonial y no tenga la reparación de un seguro que nunca existió.
Naturalmente ante esa situación la Superintendencia haría aplicable la
tercera responsabilidad, de manera tal de aplicar la sanción”. Más
adelante agregó: “Tal como lo dijo el Dr. Zin en la apertura, aquí
también las responsabilidades tienen que ver mucho con el diálogo… En
las funciones y deberes del productor se encuentra que tiene la
obligación de informar sobre la identidad de las personas, antecedentes
y solvencia de los que contratan, informar a la entidad aseguradora
sobre las condiciones en que se encuentra el riesgo, asesorar al
asegurado a los fines de la más adecuada cobertura, etc… O sea, es claro
y es un mandato legal ‘eso de decirle al asegurado cómo puede cubrirse,
cuál es la mejor manera de hacerlo’, y no solo eso sino también decirle
luego de qué manera ha sido cubierto, y cuáles son sus derechos a partir
de ese contrato. Y muchas veces esta vocación por el diálogo o por la
transmisión de información se ve frenada por la preocupación del
productor que toma un criterio de corto plazo”.
A continuación disertó la Lic. Florencia Gallino, presentó los
aspectos básicos de la responsabilidad profesional de todo aquel que
dirige una empresa, y el perfil de quiénes contratan una cobertura para
cubrir la misma. Sobre el tema dijo: “La conclusión que sacamos y las
tendencias que estamos viendo son: ¿quiénes son los que compran?, al
principio las que compraban eran aquellas empresas que cotizaban en las
bolsas extranjeras, sobre todo aquellas que tenían el capital abierto a
bolsas americanas porque en Estados Unidos está el ámbito más litigioso,
y un director no se sienta en un directorio si no tiene un respaldo de
este tipo. Después empezaron a comprar aquellas compañías locales que
cotizan en bolsas locales. Ahora lo que estamos viendo es que muchas
compañías privadas también están comprando porque están recibiendo
reclamos de aquellas personas a las cuales tienen que rendir cuentas,
como ser la sociedad, los accionistas, los empleados. Y por último,
aunque les parezca mentira, estamos recibiendo muchos pedidos para
entidades sin fines de lucro. ¿Y por qué la compran? Porque todos
necesitan protección, todos están expuestos a reclamos y es lo que está
pasando en este momento”.
El último expositor fue el Lic. Fernando Tornato quien se
refirió, entre otros temas, al “para qué está facultado el productor
asesor de seguros”, sobre lo que puntualizó aludiendo al artículo 53 de
la Ley de Seguros: “Dicho artículo dice que está facultado para recibir
propuestas relativas a la celebración y modificación de contratos de
seguros, entregar los elementos referentes al contrato o sus prórrogas
emitidas por el asegurador, y aceptar el pago de las primas si se
encuentra en poder de un recibo de asegurador”. Sobre el final opinó:
“Yo creo que el tema de la responsabilidad profesional viene creciendo
en todos los ámbitos y en todas las profesiones. No podemos estar ajenos
y no podemos saber en qué magnitud nos va a afectar. Ya llegó a los
médicos, a los abogados y también está llegando a todos los demás. Y no
me caben dudas de que los productores también van a tener que ponerse el
traje de agua”.