Panel: Responsabilidad
profesional de ingenieros y arquitectos
El coordinador de la mesa fue el Sr. Luis Goldberg (FUSERC), y la
disertación estuvo a cargo del Dr. Alberto Alvarellos (Abogado
Especialista. Titular del Estudio Jurídico Alavarellos y Asociados),
quien estuvo acompañado por el Sr. Fernando Moneta, funcionario de la
compañía de seguros TPC. El tema abordado fue: “Presupuestos de la
responsabilidad. Casos resonantes. Principales pronunciamientos
judiciales.”
El Dr. Alberto Alvarellos se refirió a la responsabilidad
profesional de ingenieros y arquitectos, destacando: “Una cuestión que
es aplicable esta materia de ingenieros y arquitectos es la mala
entendida economía, en el sentido de confundir la economía (que es la
adecuada relación entre el costo y el beneficio que se obtiene, y la
calidad del precio del beneficio que se obtiene) con el ahorro salvaje
de los costos. Basta pararse frente a una obra en construcción y ver las
condiciones en las que trabajan los obreros para comprobar que
evidentemente allí hay un notable ahorro en materia de higiene y
seguridad. Y uno puede pensar que si con las consecuencias inmediatas
que pueden suscitarse a raíz del incumplimiento de las normas de higiene
y seguridad se portan así, qué será con los materiales que se colocan en
la construcción que es lo que no se ve… Lo cierto es que los
profesionales de la construcción han tenido a través de los tiempos una
especial consideración legislativa. Nosotros (los médicos, escribanos,
abogados) tenemos nuestro sistema de responsabilidad profesional montado
en base al sistema de la responsabilidad profesional común. Pero no hay
normas específicas, que sí se da en el caso de los profesionales de la
construcción, que tienen todo un capítulo del código civil dedicado a
regular su labor, y una serie de normas administrativas que regulan la
actividad. Además agregó: “El seguro de responsabilidad civil debe ser
considerado necesariamente como un elemento de prevención más allá de
estas normas administrativas a las que yo aludí antes. El seguro
contiene en general, muchas veces, cargas que el asegurado debe observar
para poder contar con la cobertura. Y en consecuencia como ahí sabe que
si no cumple con esa carga no va a tener la cobertura, y ante un
siniestro va a tener que responder él solo frente al tercero reclamante,
va a asumir esto y va a adoptar más pautas de cuidado que si solamente
tuviera que cumplir las normas que fija el Estado”.