Buena medicina no es igual a buena administración del riesgo.
Agosto 2006
Por,
Dr. Rafael Acevedo.
Abogado - Gerente Mutual Argentina Salud y Responsabilidad Profesional.
acevedor@lamutual.org.ar
A nadie escapa que el ejercicio de la medicina es una actividad esencialmente riesgosa, pues los médicos y los establecimientos tratan con enfermos, gravitando enormemente las circunstancias de tiempo, persona, modo y lugar en que la obligación medical debe llevarse a cabo, la cual tiene un definido carácter técnico. De allí que no dudamos en afirmar que: los incidentes inexorablemente se producen, e involucran al profesional más encumbrado.
Al mismo tiempo asistimos desde hace algunos años a un crecimiento vertiginoso de la litigiosidad contra la actividad médico asistencial. Causas endógenas y exógenas explican este fenómeno. Entre las primeras se enmarcan factores tales como: una merma en la capacidad y en la calidad prestacional, el deterioro de la relación médico paciente, inadecuados registros en la documentación médica, la omisión del deber de información, ausencia de criterios de selección de pacientes, etc. Respecto de las segundas, valga la oportunidad para tan siquiera citar fenómenos tales como: el paciente hoy esta mejor informado, el médico dejó de ser “algo superior”, hay galenos que cuestionan la labor del colega, criterios de responsabilidad objetiva que nuestros tribunales vienen imponiendo aun en materia de responsabilidad médica, la concesión indiscriminada del beneficio de litigar sin gastos, y la espectacularidad de la prensa ante ciertos casos.
El carácter netamente riesgoso de la labor médica, y su mayor exposición judicial son un dato de la realidad, y quizás el primer paso para convencerse de la imperiosa necesidad de auto imponerse una visión distinta del problema.
Se trata de asumir una actitud proactiva, con verdadera política de prevención y gestión de los riesgos
médico legales.
La administración de riesgos es una técnica que posibilita identificar, prevenir y tratar los incidentes, desde la perspectiva del impacto legal que los mismos pueden tener, categorizando esos incidentes como aquellos eventos adversos capaces de dar lugar a una instancia de conflicto, medie o no negligencia médica. En consecuencia, la administración del riesgo supone fijar protocolos y normas de procedimiento no solo con una visión médica, sino con criterio de gestión de riesgo. Por todo ello afirmamos que buena medicina no es igual a buena administración del riesgo médico legal.
Lo que desde la medicina puede ser un grave error, o una enorme complicación, puede no resultar un problema relevante desde la óptica de la administración del riesgo, y por contraposición, aquella conducta que técnica y científicamente puede no merecer ningún reproche, o constituir un simple error, probablemente no resulte intrascendente o de menor cuidado a los ojos de un administrador de riesgos, llegando incluso a ser un incidente grave, pues el riesgo de generación de un conflicto, y el riesgo de perdidas económicas, no se mide en términos de valoración
estrictamente médica. El mismo error médicamente ponderado, puede tener efectos muy diversos en el campo del derecho de daños, y de allí el diverso tratamiento que puntualmente cada caso exige desde su gestión.
Prevenir implica instaurar un sistema que permita reducir las posibilidades de ocurrencia de un evento adverso, y la labor preventiva es un proceso de permanente capacitación y control en orden a:
i) preservar la relación médico paciente (no olvidemos: muchas veces se reclama por enojo, y muchas otras veces no se reclama cuando el paciente mantiene un buen vínculo con su médico, pese al error galénico),
ii) procurar un correcto manejo de la historia clínica, registrar adecuadamente el ingreso, derivación y alta del paciente, como así también el abandono de tratamiento,
iii) regular la entrega de documentación médica, iv) cumplir con el deber de información celebrando e instrumentando adecuadamente el consentimiento informado,
v) instrumentar el rechazo terapéutico, vi) resaltar el rol del director médico como agente que debe supervisar diagnósticos y tratamientos,
vii) establecer criterios de selección de pacientes, viii) capacitar a enfermeros y auxiliares (qué hacer ante una escara, quemadura, caída, error de medicamento o sustancia),
ix) atender y registrar adecuadamente atenciones en la urgencia o emergencia, y cumplir con las exigencias que supone prestar servicio de guardia activa,
x) instituir comités de riesgo en centros de mayor complejidad prestacional.
Gestionar eficazmente los riesgos medico legales supone fijar procedimientos claros y sencillos que permitan:
a) generar capacidad para identificar eventos adversos: muerte súbita, quemaduras, caídas, infecciones, complicaciones recidivantes, anestésicas, fracturas mal consolidadas, histerectomías, parálisis braquial, lesión vía biliar, por citar solo algunos ejemplos mas comunes;
b) imponer un sistema de “premios” y “castigos” en el staff médico y auxiliares, ponderando positivamente a aquellos que asumen una actitud anticipativa en la identificación y comunicación de esos incidentes -aun cuando los involucre-, y rechazando aquellas conductas displicentes o negatorias del error;
c) tratar de inmediato el evento adverso a fin de minimizar sus efectos, abordando el mismo en forma interdisciplinaria, y actuando en debida forma ante el paciente involucrado (o familiares);
d) aprender de cada incidente, emitiendo medidas correctivas que permitan evitar que el mismo se presente de igual forma poco tiempo después;
e) instalar una política de negociación extrajudicial de aquellos incidentes respecto de los cuales evaluamos riesgo de responder, con la enorme ventaja que ello tiene en orden a, no solo evitar mayores costos (intereses, honorarios, costas, etc), sino también preservar al médico y la institución del impacto profesional, personal y hasta empresario que supone la sola existencia de un juicio civil, y eventualmente penal;
f) negociar el reclamo y diseñar una estrategia defensiva con criterios uniformes, y de allí la importancia de que el médico y la clínica unifiquen su cobertura de seguro.
Cada uno de los puntos mencionados puede ser motivo de un extenso desarrollo, fundamentalmente práctico. He pretendido en esta oportunidad, partiendo de nuestra experiencia cotidiana, enunciar tan siquiera algunas de las claves para una eficaz política de prevención y gestión, destacando aquellos factores de riesgo que son los que dan origen a la inmensa mayoría de los reclamos que nos toca tratar.
Como podrá concluirse, se trata de generar un profundo cambio, dejando de lado una posición meramente receptiva de reclamos, asumiendo un rol activo, con una adecuada resolución técnica del problema, ejecutando medidas concretas que, como también habrá podido apreciarse, no resultan una cuestión de costos, sino por el contrario, la posibilidad de generar importantes mejoras en tal sentido, frente al impacto económico que tiene la mala praxis en la estructura de costos de la actividad prestacional.