La negociación extrajudicial del conflicto médico. Su marcado carácter técnico.
Mesa Redonda / Octubre 2006
APM consultó a distintos especialistas y referentes del Sector Salud acerca del rol de la mediación frente a los reclamos por mala praxis médica, así como también sobre los alcances y efectos de desarrollar una política activa de conciliación de aquellos reclamos en los que se evalúa riesgo de responder.
En esta oportunidad participaron de nuestra mesa redonda brindándonos su opinión y experiencia el Dr. Gustavo Mammoni, Presidente de la
Confederación Argentina de Clínicas y Sanatorios (CONFECLISA), el Dr. Miguel Ángel Secchi, Director Ejecutivo del
Foro para el Desarrollo de las Ciencias, Dr. Marcos Vera, Director General de la
Asociación Argentina de Derecho Médico y de Salud, y el Dr. Hernán Gutiérrez Zaldívar, asesor legal de la
Asociación Médica Argentina.
- ¿Considera positivo asumir una actitud pro activa de negociación extrajudicial de aquellos eventos médicos adversos?
- Dr. Gustavo Mammoni (CONFELISA): Como Profesional Médico considero positiva la negociación extrajudicial, porque de resultar exitosa, le acorta el período de incertidumbre que se le genera al profesional con un juicio. No obstante, se corre el riesgo de que se fomenten las demandas ante el conocimiento de que uno sistemáticamente busca el arreglo extrajudicial.
- Dr. Marcos Vera (AADEMES): La negociación privada para resolver conflictos entre médicos y pacientes, como así también entre médicos entre sí y con instituciones prestadoras de servicios de salud, representa un aporte fundamental en la gestión del riesgo legal médico, y para el mejoramiento de salud colectiva, en la medida que la técnica se utilice correctamente, dentro de un marco regulatorio que preserve la legitimidad del acuerdo que se dicte, participen negociadores idóneos, y que las partes cumplan el decisorio.
- Dr. Miguel Ángel Secchi (FORO DE LAS CIENCIAS): Mi respuesta es positiva, pero siempre y cuando contemos previa y rápidamente con un dictamen médico experto y actualizado en la materia para que, en un primer balance u opinión, nos oriente sobre si hay visos de seriedad en el reclamo impetrado. Caso contrario, es decir de no existir pautas mínimas de seriedad en los fundamentos de hecho y derecho, así como del monto pretendido, estaríamos haciéndonos "cómplices” involuntarios de requerimientos que no resisten el menor análisis e incentivan la industria del juicio.
- Dr. Hernán Gutiérrez Zaldívar (AMA): Habitualmente los reclamos indemnizatorios derivados de la presunta Responsabilidad Médico Legal no son planteados extrajudicialmente, sino que quienes se sienten damnificados promueven las acciones judiciales, transitando previamente por la mediación obligatoria que prevé la Ley 24.573.
En atención a ello la AMA envió a la Comisión de Salud del Senado de la Nación, en los años 2005 y 2006, un proyecto legislativo para realizar en la instancia de mediación un examen médico pericial a través de un perito médico inscripto y con la opcional presencia de los consultores técnico médicos de parte para acreditar así, en forma previa, si se encontraban o no tipificados los extremos de la responsabilidad médico legal por daños y perjuicios, o la inexistencia de ella, así como una próxima y correcta cuantificación de los daños. Aún cuando no hubiese acuerdo en la instancia de mediación, tal informe se entregaría al juez de la causa para su conocimiento.
- ¿Cuál es el impacto económico e institucional que tiene para el establecimiento asistencial instaurar una política activa en ese sentido?
- Dr. Gustavo Mammoni (CONFECLISA): Cuando hablamos de impacto económico no me queda claro si se vincula al impacto económico de lo que costaría arreglar extrajudicialmente, el ahorro que significaría el arreglo extrajudicial (por si las demandas superan el monto asegurado), o el impacto económico que significa previsionar ambas o alguna de las cosas. No obstante, creo que con la negociación extrajudicial se beneficia económicamente el Sanatorio.
- Dr. Marcos Vera (AADEMES): El mayor desafío es lograr el cambio de actitud en la dirección del establecimiento asistencial desde el convencimiento de que la labor profesional es cada día más riesgosa de sufrir reclamos legales por responsabilidad hasta la aceptación de Gestionar el Riesgo, es decir, implementar un Programa de Prevención orientado hacia la Calidad y Excelencia. El impacto económico es positivo y se manifiesta a través de la reducción de gastos y el aprovechamiento de recursos desde el comienzo de la gestión, sin tener en cuenta que queda neutralizada la instancia judicial ante eventuales reclamos.
- Dr. Miguel Ángel Secchi (FORO DE LAS CIENCIAS): El impacto económico e institucional, dado el primero de los supuestos de la respuesta anterior, irroga claros beneficios pues reduce esencialmente gastos innecesarios. Pero también debe tenerse muy especialmente en cuenta que la institución no debe verse sorprendida por un reclamo, siempre que aplique una gestión de riesgos eficiente, un protocolo de denuncia de eventos adversos, denuncia del error, por cierto con resguardo de autoría y no con fines punitivos y de presentarse un reclamo, abordarlo con elementos documentales y cualquier otro que permita una eficiente respuesta. Se deben prevenir riesgos, gestionar los mismos y así se hará prevención de reclamos y, de llegarse a una situación de negociación, esta será asumida con ventajas al no incurrirse en la improvisación, desinformación, desorden y apuro.
- Dr. Hernán Gutiérrez Zaldívar (AMA): La AMA considera poco relevante el impacto económico de instaurar una política educativa activa en orden a difundir y hacer conocer a los profesionales de la salud todo lo atinente a la responsabilidad médico legal y condigno perfeccionamiento de la relación médico-paciente; a la par que considera imprescindible instalar una política educativa activa para paliar las desventuras que la ignorancia de los temas médico legales puede deparar a los profesionales de la salud.
De tal suerte y a través de la Escuela de Graduados (EGAMA) dicta el curso anual de “Curso de Actualización en Responsabilidad Médico Legal y Actividades Periciales”, donde, entre otras clases sobre diferentes disciplinas médico-legales, se instruye a los profesionales asistentes acerca de todas las connotaciones legales que el ejercicio asistencial de la medicina depara a los profesionales, y a sus efectos, todos los recaudos médico legales que los profesionales de la salud deben cumplimentar en resguardo de su profesión y de la salud, y consentimiento informado de los pacientes.
- ¿Cuáles son los factores que dificultan un proceso de negociación extrajudicial de reclamos por mala praxis médica?
- Dr. Gustavo Mammoni (CONFECLISA): A mi entender lo que más dificulta un proceso de negociación es que los profesionales están cubiertos por aseguradoras distintas a las de los sanatorios, y difieren los criterios de las aseguradoras vinculados a la negociación extrajudicial, circunstancia que hace muy difícil que pueda arreglar el sanatorio, si no arregla el profesional.
- Dr. Marcos Vera (AADEMES): Una vez acordada la metodología no adversarial y privada para resolver un conflicto por responsabilidad profesional médica no se presentan dificultades. El mayor inconveniente es lograr una aceptación masiva y está dado por el desconocimiento y falta de formación acerca de la idoneidad del método.
- Dr. Miguel Ángel Secchi (FORO DE LAS CIENCIAS): Los factores que hacen más difícil un proceso de negociación son, entre otros, la ausencia -en muchos casos- de coordinación y diálogo entre los requeridos, inclusive llegando a intentar desligarse erróneamente, imputando responsabilidades que exceden la ética y la complejidad del acto médico, en cuanto el mismo reconoce que la obligación asumida es de medios y no de resultado. Así la comunicación deviene fundamental, no tratándose de una inmolación colectiva así como tampoco un escenario de aprovechamiento del reclamante por la descordinación de defensas cuando no se incurrió en negligencia alguna. A su vez, es imprescindible la comunión de diálogo entre los letrados defensores de las aseguradoras y los expertos que los asesoran.
- Dr. Hernán Gutiérrez Zaldívar (AMA): Entendemos que el factor principal que mengua la posibilidad de acuerdos extrajudiciales, deriva del desconocimiento de las partes, y a veces, de un incorrecto asesoramiento. De allí que el presunto damnificado quiera reclamar en exceso y el profesional y/o la clínica crean no tener responsabilidad alguna y por ende no tener que resarcir.
- ¿La clínica y el profesional –por cuyo obrar responde la primera- deberían unificar su cobertura asegurativa a fin de lograr mejores resultados en una instancia de negociación?
- Dr. Gustavo Mammoni (CONFECLISA): De alguna manera lo respondí en la pregunta anterior, pero a mi entender es fundamental el unificar la cobertura para la instancia de negociación.
- Dr. Marcos Vera (AADEMES): Más que unificar la cobertura, a los fines indicados es preciso determinar la responsabilidad del profesional y si la cobertura debe responder. Pero antes que ello, si bien el interés patrimonial en juego es la cobertura, a priori es irrelevante ya que lo que verdaderamente esencial es promover y lograr la aceptación del ejercicio y práctica de la mediación y el arbitraje, para luego lograr el mejor posicionamiento negocial.
- Dr. Miguel Ángel Secchi (FORO DE LAS CIENCIAS): Esta unidad puede ser muy útil pero hoy por hoy el sistema de salud, lamentablemente hiperfragmentado, lleva a que en muchísimas ocasiones los escenarios de trabajo sean prácticamente desconocidos por los diversos actores, especialmente si tenemos en cuenta que el acto médico es equipo, recorriendo el camino de la consulta, el diagnóstico y el tratamiento, para a posteriori, de existir un acto quirúrgico, continuar con el seguimiento del post. Puede analizarse esta situación cuando la continuidad o frecuencia de la relación -cualquiera sea la forma jurídica que ella adopte- permita identificar esquemas de intereses comunes, cotidianeidad, diálogo, respeto por las directivas o sugerencias de la dirección médica o jefe de servicio, y las tan ansiadas fidelidades y compromisos con la institución, sin renunciar a la calidad prestacional.
- Dr. Hernán Gutiérrez Zaldívar (AMA): En la medida que los profesionales de la salud puedan obtener la mayor cobertura del riesgo médico al menor costo posible, si ello fuese factible a través de una cobertura asegurativa integral de las clínicas y de los profesionales que en ellas trabajan, naturalmente entenderíamos tal contratación muy conveniente para la protección y cobertura patrimonial de los profesionales de la salud.