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NOVEDADES
La Mutual entreg� su publicaci�n �Nuevos Consentimientos Informados seg�n Ley 26.529� (*)  
Septiembre - Octubre 2010
 

Nuevos Consentimientos Informados seg�n Ley 26.529 En esta oportunidad, Argentina Praxis M�dica consult� a dos socios de La Mutual sobre c�mo fue recibido el nuevo material puertas adentro de cada instituci�n. A continuaci�n les acercamos los testimonios del Sanatorio La Entrerriana y La Peque�a Familia de Jun�n.


Tal como adelantamos en nuestro �ltimo n�mero de APM, la Mutual Argentina Salud y Responsabilidad Profesional lanz� la obra �Nuevos Consentimientos Infromados seg�n Ley 26.529�, en su doble versi�n impresa y CD, y que contiene m�s de 70 modelos y gu�as de instrumentaci�n de Consentimientos Informados, seg�n la Ley 26.529 de Derechos del Paciente, como as� tambi�n un trabajo sobre Historia Cl�nica �nica.

Este material es de gran valor e importancia m�dico-legal, toda vez que la Ley 26.529 exige que la gran mayor�a de los procedimientos sean informados y autorizados por escrito, generando su omisi�n una presunci�n en contra del profesional. El mismo est� dividido por especialidad y cuenta con dos cap�tulos adicionales, uno referido a diversas situaciones de rechazo terap�utico, manifestaci�n de voluntad que tambi�n debe otorgarse por escrito, y otro que contiene constancias de realizaci�n de estudios que la normativa vigente impone (vgr. Pesquisa neonatal, detecci�n temprana de hipoacusia, etc.).

Cabe destacar que el trabajo realizado por La Mutual no es m�s que la consecuencia directa de 10 a�os de compromiso ininterrumpido para con sus Socios en relaci�n a la prevenci�n y gesti�n del riesgo m�dico-legal.


Los testimonios

Tal como dijimos anteriormente, una de las Entidades adheridas a La Mutual que nos brind� su testimonio es el Sanatorio La Enterriana de la provincia de Entre R�os. Su Presidenta, la Lic. Silvia D�Agostino, al ser consultada acerca de c�mo fue recibido el material entre las autoridades de la instituci�n, expres�: �El nuevo Manual de Procedimientos nos permite actualizar con los Equipos M�dicos Sanatoriales el compromiso fundamental de los derechos del paciente en cuanto se refiere a la adecuada informaci�n que debe recibir: enfermedad, posibilidades de tratamiento y riesgos; todos ajustados a la nueva Ley y a la experiencia adquirida en los a�os de ejercicio de la presente normativa�. Adem�s agreg�: �Se destaca en los nuevos consentimientos la especial atenci�n referida a la �guarda y custodia de la Historia Cl�nica� como depositarios de la misma y la constancia en todos los consentimientos de la autorizaci�n de exhibici�n y/o entrega de Historia Cl�nica cuando el Sanatorio as� lo justifique, seg�n lo expresado en dicho art�culo�. Sobre la instrumentaci�n del nuevo contenido, explic�: �El Sanatorio La Entrerriana est� instrumentando la aplicaci�n del Nuevo Manual de Procedimientos en reuniones con los distintos Equipos M�dicos, con entrega de los nuevos consentimientos, destacando los art�culos de mayor inter�s y posteriormente enviando los CD correspondientes�.

Tambi�n nos brind� su testimonio el CPN Daniel Lezama, Gerente General de La Peque�a Familia de Jun�n, provincia de Buenos Aires, quien al ser consultado sobre c�mo fue recibido por las autoridades el material, sostuvo: �Nos sorprendi� gratamente la continuidad y la preocupaci�n que tiene La Mutual en mantener asesoradas a sus Entidades adheridas�.

En cuanto a las herramientas que eventualmente brinda el Manual en relaci�n a la Ley 26.529 de Derechos del Paciente aclar� que las autoridades de la cl�nica a�n est�n analizando todo lo recibido y en este sentido anticip�: �Entiendo que nos obligar� a chequear y actualizar lo que actualmente tenemos en uso�.

Finalmente, consultado sobre c�mo ser� la instrumentaci�n del contenido puertas adentro de la instituci�n, el CPN Lezama coment�: �Como mencion� anteriormente, a�n no se ha bajado directivas hasta terminar con el an�lisis. No obstante, el procedimiento consiste en analizar con la asesor�a legal interna la normativa recibida y adecuar los formularios y procedimientos que correspondan. En ese sentido nos ajustamos siempre a las sugerencias recibidas�.

Invitamos a todos los Socios de La Mutual que quieran brindarnos su experiencia a que nos escriban a apm@lamutual.org.ar


Algunas recomendaciones para el uso del material

El consentimiento informado debe estar firmado �ntegramente por el paciente. De all� que las redacciones que contiene este trabajo sean todas de una extensi�n no superior a las dos p�ginas (1 hoja en doble faz), de forma tal de facilitar una adecuada instrumentaci�n.

La instituci�n m�dico asistencial debe asegurarse de que los m�dicos actuantes no lleven a cabo procedimientos o tratamientos que requieren de consentimiento informado escrito, sin dar cumplimiento previo a esa obligaci�n.

El consentimiento informado integra la historia cl�nica, por lo que el mismo debe estar correctamente incorporado a la misma.

No debe confundirse el consentimiento informado con lo que se conoce como consentimiento general de internaci�n, cuesti�n tratada precedentemente para su especial consideraci�n.

Las particularidades del paciente, su patolog�a, o las propias del tratamiento sugerido, muy probablemente aconsejen incorporar agregados y/o eventuales supresiones a la respectiva �gu�a o formula� de redacci�n que este CD contiene, y para ello debe evitarse que la totalidad de lo que se expresa en cada consentimiento no haya sido previamente explicado al paciente.

Se recomienda que el paciente sea tambi�n informado acerca del procedimiento anest�sico que se realizar� para llevar a cabo la cirug�a, por lo que este trabajo contiene asimismo la redacci�n de un consentimiento para anestesia general.

El art. 2� inc. e) de la Ley 26.529 dispone que los ni�os, ni�as y adolescentes tienen �derecho a intervenir a los fines de la toma de decisi�n sobre terapias y procedimientos m�dicos�, por lo que ellos, a m�s de sus representantes, deben ser informados resultando aconsejable, seg�n el caso, que refrenden ese extremo con la respectiva suscripci�n del consentimiento.

El paciente debe conocer que toda conformidad terap�utica puede ser revocada sin necesidad de expresar causa.

En caso de que el paciente exprese su negativa a recibir tratamiento, y a su vez el equipo m�dico tratante quiera asegurarse que su actual estado no afecte su capacidad para discernir acabadamente sobre su afecci�n, los riesgos que la misma involucra, y manifestar libre e inequ�vocamente su voluntad de rechazo terap�utico, se recomienda dar intervenci�n al servicio de psiquiatr�a y/o neurolog�a, seg�n el caso, el que deber� dejar constancia de su evaluaci�n, y expedirse sobre tal extremo.

La historia cl�nica no puede ser entregada a la obra social, m�dicos actuantes, aseguradoras, etc., sin la conformidad del paciente, y de all� que se ha incorporado en cada redacci�n una autorizaci�n en tal sentido. Similar f�rmula podr�a introducirse al abrirse la historia cl�nica.
 

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