CICLO DE ENTREVISTAS “10° ANIVERSARIO DE LA MUTUAL”
“La Mutual nació para llenar un vacío” Marzo -
Abril 2011
En
el año del 10° Aniversario de La Mutual Argentina Salud y
Responsabilidad Profesional iniciamos una serie de entrevistas a
distintos referentes con la intención de reflexionar acerca del trabajo
realizado a lo largo de estos años.
En esta oportunidad, el valioso testimonio del Dr. Ernesto I. Badi,
Secretario del Consejo Directivo de La Mutual y Asesor en Política
Social y Empresaria de FECLIBA, nos permite recrear, entre otras cosas,
el nacimiento de la Entidad.
¿Qué puede
contarnos sobre la historia del proyecto fundador de La Mutual? ¿En qué
contexto nació, quiénes encabezaron la iniciativa y a qué necesidad
concreta respondió?
La Mutual nació para llenar un vacío, para dar amplia cobertura a los
prestadores de servicios médico-asistenciales, profesionales y
establecimientos, sobre los reclamos debidos o indebidos que se formulan
por supuestos daños en la atención de los pacientes. La protección que
brindan las compañías de seguro generalmente se ha limitado a mantener
indemne al asegurado, hasta el monto contratado. Quienes sostuvimos la
necesidad de crear una Entidad como La Mutual, lo hicimos con la
convicción de que es posible actuar positivamente en el aspecto de la
prevención y administración del riesgo.
Esta falencia sustancial de la cobertura del riesgo se enfatizó hasta
caer en una falta total a fines del siglo pasado y comienzos de este,
como consecuencia de la liquidación de muchas compañías de seguro, por
quiebra o convocatoria de acreedores, lo que generó la inquietud de
quienes actuábamos en entidades representativas de los establecimientos.
Ya FECLIBA tenía antecedentes de haber dado cobertura a sus afiliados
mediante la creación de un sistema denominado SICSO, en cuya estructura
y reglamento se basó la formación de La Mutual, en la que pusieron su
esfuerzo y dedicación, entre otros, dirigentes como Dn. Norberto Larroca
y el Dr. Carlos Nocetti de CONFECLISA y CAES; y el Dr. Héctor Vazzano,
entre quienes también me incluyo, que nos desempeñábamos en aquellas
Entidades y en la FECLIBA.
¿Cómo fue recibido
por el Sector de la Salud el Programa de Ayuda Mutua para Afrontar
Responsabilidades Emergentes de la Actividad Médico-Asistencial?
La Mutual fue acogida con gran beneplácito, porque al ser la creación de
establecimientos y profesionales del arte de curar, les daba a éstos
como prestadores de servicios de salud la seguridad de que, al momento
de tener que cubrir los reclamos que se les pudieran formular, la
entidad estaría presente sin buscar pretextos para eludir el compromiso
asumido de mantener indemne al asegurado hasta el monto contratado y
dándole, además, el respaldo técnico y científico para evitar
situaciones de riesgo o proceder convenientemente, en el caso de que se
hubieran originado.
¿Qué diferenció al Programa implementado por La Mutual del resto de las
coberturas asegurativas de aquel momento (2001)?
Como ya quedó adelantado, la marcada y definitoria diferencia de La
Mutual con las compañías de seguro fue que no se limitó a cubrir el
aspecto económico, la condena de indemnización hasta el monto
contratado, sino también lo que es más importante: dar respuesta a la
verdadera necesidad que aqueja a los prestadores de servicios de salud
sobre cómo actuar para prevenir situaciones de riesgo o de qué manera
proceder cuando el hecho ocurrió. Y para ello se elaboraron Programas
que dan acabada respuesta a los prestadores adheridos.
¿Cómo recuerda el
escenario de litigiosidad por reclamos de mala praxis médica en 2001 y
cómo lo observa hoy?
La caótica situación existente a principios de siglo, en materia de
cobertura del riesgo de la mala praxis, no es siquiera comparable con la
actualidad. Por entonces había desaparecido todo tipo de protección,
como fue dicho, por liquidación de las más importantes compañías que
decían cubrir el riesgo, no quedando de hecho quién aceptara hacerlo en
circunstancias aceptables. Hoy La Mutual ofrece una sólida respuesta a
la cobertura de la eventual indemnización, que primero afrontó bajo su
propia responsabilidad y luego trasladó a una compañía, avalada por años
de irreprochable actuación, como lo es TPC Compañía de Seguros S.A.,
adecuándose así a las exigencias legales, pero manteniendo, en todo
momento, lo que es más positivo para sus adherentes: la prevención y
administración del riesgo.
El escenario de litigiosidad está desde hace años en pleno crecimiento
como consecuencia, entre otros motivos, de la declinación del vínculo
efector de servicios médicos, pacientes y familiares; la difusión de los
problemas de salud, que hace considerar a cada enfermo o allegado que
sabe cuáles son sus necesidades y qué se debe diagnosticar y cómo tratar
cada patología; el advertir, en otros casos, que puede tener con la
demanda una fuente de ingresos importantes. Pero lo que es más
destacable es la facilidad con la que en general los jueces confieren el
beneficio de litigar sin gastos, lo que envalentona a los reclamantes
para intentar cualquier aventura y por montos desmesurados; ya que en el
caso de no prosperar su reclamo nada les ocurrirá económicamente y
siempre pueden aguardar la posibilidad de una conciliación o transacción
por parte del demandado que, aún sabiendo que actuó correctamente,
considera mejor efectuar algún arreglo sobre la base de lo que igual
tendrá que pagar por honorarios de su abogado y de los peritos que
actúen en el proceso, aunque resulte ganador del litigio.
Así como a lo
largo de estos años hubo novedades a nivel normativo, como por ejemplo
la puesta en vigencia de la Ley 26.529 sobre Derechos del paciente,
historia clínica y consentimiento informado, ¿qué aspectos considera que
deberían ser tratados a nivel legislativo en materia de reclamos por
mala praxis médica?
La respuesta se concreta en decir que desde la FECLIBA hemos formulado
proyectos para introducir un capítulo en materia de responsabilidad
civil por el daño causado en el acto médico asistencial que deje sin
efecto la actual legislación, la cual equipara, por ejemplo, ese
accionar con la responsabilidad derivada de los accidentes de tránsito o
de otro origen, para que se le dé el tratamiento que requiere, acortando
el plazo de prescripción de la acción a no más de dos años y
estableciendo, entre otros aspectos, un límite indemnizatorio que
considere o sea equiparable al honorario y gastos que por el acto
denunciado recibe el prestador.
Y en materia del beneficio de litigar sin gastos, que se ponga un tope
al monto reclamado y se imponga al demandante la actuación del defensor
de pobres y ausentes y peritos oficiales que, a la postre, no resulten
una carga económica para quien fue indebidamente demandado.
A modo de
conclusión, ¿cuáles considera que han sido los logros más importantes
que consiguió la Entidad a lo largo de estos 10 años de trabajo en pos
de la prevención y gestión de riesgos médico-legales, que la han
consolidado como especialista en su rubro?
El crecimiento y las estadísticas que ostenta La Mutual son harto
demostrativas de su ponderable actuación, pero considero que lo más
destacable es su inquietud al poner todo su potencial al servicio de las
circunstancias que menos afecten a quien es objeto de un reclamo,
mostrándose proclive al arreglo, cuando ello es aconsejable y posible,
dándole un corte inmediato a la zozobra que afecta al denunciado por
mala intervención asistencial.
Por último, estimo necesario destacar lo que es más que obvio: La Mutual
es una Entidad sin fines de lucro que está al servicio de sus adherentes
y en consonancia con ello es necesario destacar que también se defienden
los intereses de sus miembros, alejando a quienes con actitudes
irresponsables o incumplimientos de las pautas y normas del reglamento
afrentan los intereses del conjunto.