Buscando un acercamiento de los jueces a las ciencias. Marzo 2007
Con motivo de la repercusión que durante el 2006 tuvo la serie de Coloquios organizados bajo el lema “Buscando un acercamiento de los Jueces a las Ciencias”, APM decidió invitar a dos referentes del Sector de la Salud que activamente trabajan en la propuesta para que nos cuenten todo lo que se ha logrado hasta el momento, así como también delinear el camino que aún queda por recorrer.
En esta oportunidad participan los Dres. Horacio Dillon, neurocirujano y Presidente de la Fundación de Neurociencias; y el Dr. Claudio Iribarren, cirujano y miembro de la Asociación Argentina de Cirugía y jefe del Departamento Clínico Quirúrgico del Hospital Británico.
Dr. Horacio Dillon
¿Qué evaluación hace sobre el trabajo realizado en la serie de Coloquios realizados a lo largo del 2006?
Lo del 2006 fue fantástico porque fue una experiencia inédita tanto para el Poder Judicial como para los médicos y las Instituciones de Salud. Nunca habíamos tenido un contacto así, ni nosotros sabíamos lo que ellos hacían ni ellos lo que nosotros hacíamos. Pienso que el Juez cuando resuelve una situación lo hace un poco en soledad, lo hace ante su conciencia; y eso le pasa al médico también, que a veces tiene que resolver situaciones en soledad. Ambas son profesiones humanísticas, las dos están sujetas a error por el hecho de no ser ciencias exactas, y ante el beneficio de la duda o ante la posibilidad de un error la justicia tiene la posibilidad de absolver a una persona o de rever una sentencia. En cambio el médico ante una situación de incertidumbre o una situación de gran riesgo tiene que resolverla acotando las posibilidades de que ese riesgo se traduzca en una situación. Por eso ha sido muy importante, porque hemos visto que el Juez tiene poco conocimiento del quehacer científico y muchas veces es tan amplio el campo de la ciencia que el desconocimiento en esta materia es grande y tiene que basarse en la pericia, y ahí es donde ha sido muy útil el trabajo que hemos podido hacer porque nos hemos dado cuenta, y los jueces también han comprendido, que en mucho casos los peritos son verdaderos imperitos porque no tiene conocimiento profundo del tema o no están en la especialidad. A partir de esto se les ha informado a los jueces que los profesionales de la salud, los médicos, están agrupados en Instituciones o Sociedades Científicas que son las que de alguna manera pueden dar sustento o pueden asesorar a los jueces.
- ¿Y observa que hubo un cambio en la actitud de los Jueces ante las Sociedades Científicas?
Los jueces no acudían a estas sociedades. Entonces la gran importancia que han tenido estas reuniones que se han ido haciendo durante todo el año pasado, en forma conjunta con la Superintendencia de Servicios de Salud, la Asociación Argentina de Magistrados, la Academia Internacional de Justicia, la Junta Federal de Cortes, el Consejo de Certificación de la Academia, el Foro para el Desarrollo de las Ciencias y la Fundación OSDE, ha dado como resultado, entre otras cosas, la entrega a cada uno de los jueces de un libro en el cual figura: lo que es la certificación, los pasos que un médico debe seguir para ser considerado idóneo por sus pares; el listado de Sociedades Científicas a las cuales los jueces pueden acudir; y el listado de todos los médicos del país que están certificados, esto quiere decir que han seguido un proceso de educación continua que avala su condición de médicos.
- ¿Y cómo fue recibida por los médicos esta propuesta de trabajo conjunto con el ámbito judicial?
También lo que se está buscando es un acercamiento de los médicos. De la misma manera que hay buenos abogados y buenos médicos, hay malos abogados y malos médicos. Lo que tenemos que buscar es el acercamiento entre los buenos abogados y los buenos médicos, y de alguna manera alejarnos del resto.
Creo que para un médico estar en un ambiente judicial puede resultarle tan hostil como para un juez o un abogado estar en una terapia intensiva o en un quirófano. Entonces esto permite que nos vayamos conociendo, saber que tenemos cosas en común, que vayamos viendo cuáles son los puntos en los cuales podemos ir acercándonos y tratar de resolver esta situación espantosa que es la judicialización o la litigiosidad indebida, que está llevando a una situación dramática a la profesión.
- ¿Cuál cree que debería ser el rol de un Juez ante un dictamen pericial?
Ante una situación médico-legal creo que primero se tiene que trabajar en que los peritos sean idóneos, ese es el paso previo. O sea, la Justicia tiene, de alguna manera, que recurrir a instancias asépticas y a cátedras universitarias, a las Sociedades Científicas, la Academia de Medicina como para que de alguna manera se les de asesoramiento y se les informe cómo poder mejorar la situación pericial.
- ¿Cuáles cree que serían los próximos pasos para lograr este acercamiento de los jueces a las ciencias?
Seguir reuniéndonos, quizás en reuniones ahora un poco menos reclamativas. Ya hemos pasado la parte reclamativa, nos hemos hecho amigos y nos hemos presentado. Creo que ahora hay que pasar a lo operativo. En realidad ya se ha empezado a trabajar sobre la elaboración de manuales para que los jueces consulten. Se está trabajando sobre manuales de Sida, sobre oncología, sobre discapacidad, para que el Juez tenga elementos, con un lenguaje muy sencillo, con los cuales pueda manejarse y no esté exclusivamente sujeto a un informe pericial. O sea, que él también pueda tener opinión basada en elementos objetivos dados por el ambiente científico. El órgano de difusión de esto es la Asociación Argentina de Magistrados, ellos son los que están trabajando en la elaboración de estos manuales que se hacen en forma consensuada en comisiones de trabajo presididas por un Juez e integradas por un grupo muy destacado de científicos que aportan los datos para que los jueces los conozcan.
- ¿Qué es lo que se ha logrado en materia legislativa desde el Acta de Pilar (2003) a esta parte?
El Acta de Pilar fue una cosa realmente importantísima porque en ella se juntaron todas las entidades vinculadas con la Salud. Entidades que difieren muchas veces en sus concepciones y sus objetivos, pero que ahí estaban porque había un objetivo en común. Recordemos que estuvieron lo gerenciadores, los prestadores, las Sociedades Científicas, el Estado, la actividad privada, todos. Y en esa acta se firmaron 5 puntos que se consideraron que eran imprescindibles para que la situación de judicialización no alcanzara los ribetes que estaba alcanzando. Entre otros: bajar el tiempo de prescripción, poner alguna forma de tope, buscar que los peritos sean idóneos, etc.
A partir de ahí todas la entidades, en forma particular y en conjunto, fueron presentando estos 5 proyectos tanto en Diputados como en Senadores, pero realmente no se le dio tratamiento y perdieron estado parlamentario.
El año pasado, en la Provincia de Buenos Aires tuvimos la grata sorpresa de que fuimos convocados por el presidente de la Cámara de Diputados de la Provincia, y por el Presidente de la Comisión de Salud, en donde se nos pidió que recordemos cuáles eran los puntos del Acta de Pilar porque ellos los iban a retomar. Actualmente estamos en tratativas con ellos, pero en general, en La Nación, con el Poder Legislativo no nos ha ido del todo bien. De cualquier manera no vamos a bajar los brazos y vamos a seguir insistiendo ante el Poder Legislativo porque ahí está la llave de todo.
Dr. Claudio Iribarren
- ¿Qué pasos considera usted que deberían darse a fin de buscar un acercamiento de los jueces a las ciencias?
Constituir equipos de trabajo entre expertos de las especialidades médicas y jueces involucrados en el proyecto de este acercamiento, para: a) confeccionar un manual de conceptos generales sobre los aspectos jurídicos de la medicina asistencial, con actualizaciones periódicas, y b) organizar una programación de eventos entre representantes de las especialidades médicas y jueces, con participación interactiva del público invitado (médicos y personas del poder judicial interesados en el tema).
- ¿Cuál es el rol que pueden cumplir las Sociedades Científicas, universidades, y servicios especializados en aquellos juicios de responsabilidad médica?
Las Sociedades Científicas deben mantener una comunicación permanente y eficaz con los Jueces que soliciten su cooperación, brindando al órgano correspondiente del Poder Judicial un listado de expertos dispuestos a colaborar informando sobre los aspectos de su especialidad que estén comprendidos en juicios de responsabilidad médica.
Cuando son requeridas oficialmente para una pericia, deben producir informes periciales esclarecedores fundamentando, cuando sea necesario, sus conclusiones con bibliografía.
Además, deben estimular una formación de peritos idóneos, tanto en su capacitación profesional como en su ética, y establecer un control eficiente sobre su actuación profesional y su labor médico-legal. Ellos serán la mejor garantía de la Buena Praxis Médica que promueve la Sociedad Científica.
Finalmente, deben mantener una Certificación de sus Especialistas con actualización periódica de su idoneidad profesional y moral.
- ¿Considera que los jueces recurren con la debida frecuencia a la opinión científica de estas instituciones?
Durante mi experiencia en el Comité de Asuntos Legales y Laborales de la Asociación Argentina de Cirugía, nuestra institución ha recibido varios oficios de Jueces en juicios de responsabilidad médica, alrededor de unos 10 a 15 por año. En mi opinión, con una comunicación más ágil y simplificada entre jueces y cirujanos expertos nombrados para tal fin, las consultas de los jueces deberían ser mucho más numerosas, teniendo en cuenta el crecimiento exponencial de los juicios de mala práctica médica en los últimos años.
- ¿Cuál es le rol del Juez ante el dictamen pericial? ¿Cuáles deberían ser los criterios de evaluación de la prueba científica?
Es indiscutible que el Juez, al ser el responsable final de su sentencia, debe darla como resultado de su razonamiento independiente y personal, luego de evaluar toda la información que ha logrado recoger. Esta información la obtiene en parte importante de la consulta con expertos, sobre todo en los temas especializados que escapan a lo habitual de su experiencia. Para ello, ha sido varias veces señalado en la jurisprudencia que puede cotejar la información de los peritos oficiales con la de otros expertos que pudieran estar más interiorizados en algún tema de su especialidad. (“Los jueces pueden apartarse de las conclusiones de los peritos ... porque lo contrario implicaría una sujeción servil que haría del juez un autómata, privándolo de su función de fallador y convirtiendo a los peritos en jueces”(Cám. Civ. y Com. S. Isidro, Sala II, 4/5/90). “Las conclusiones del perito no obligan al juez, quien debe evaluarlas a la luz de toda la prueba acumulada” (CN Fed. Civ. y Com., Sala III, 28/7/89). “El juez tiene la plena facultad de establecer el valor de la peritación y estimar la fuerza probatoria...”).
- En reclamos por responsabilidad médica: ¿considera usted que es indistinto que intervenga un perito del Cuerpo Médico Forense o ‘un perito de la lista’?
Considero que el Cuerpo Médico Forense está constituido por profesionales idóneos, que tienen las ventajas sobre los “Peritos de la lista” de su mayor experiencia médico-legal debido a que ese aspecto de la medicina es su especialidad, y que actúan con independencia del resto del cuerpo médico (no están atados al “espíritu de cuerpo”, que puede influir en juzgar con inadecuada benevolencia la actuación del médico demandado).
Por otro lado, tienen las desventajas de que por lo general no ejercen la profesión sino que se dedican a realizar pericias médicas, sufriendo de una natural falta de actualización en su especialidad, y que como son designados por sorteo en muchas oportunidades los casos no son de su especialidad.
Como es obvio, lo ideal de una pericia es que sea realizada por un experto destacado en la especialidad. Por lo tanto considero que dado el gran aumento de especialidades y sub-especialidades de la medicina actual, la pericia debe involucrar en la gran mayoría de los casos un médico de estas características. La protección indebida del médico demandado argumentada en el mencionado “espíritu de cuerpo”, que podría acarrear el experto designado por la Sociedad Científica, estaría controlada por el aval de la Sociedad Científica que lo respalda, cuyo interés por mantener su credibilidad y prestigio están por encima de los intereses particulares de sus asociados u otros médicos no pertenecientes a la institución.