Enero - Febrero 2012 |
LA PARTICIÓN DE LA CULPA MÉDICA.
Por Dr. Alberto Alvarellos.
Producido un daño como consecuencia de una determinada práctica médica, para atribuir responsabilidad al profesional que la llevó a cabo, será imprescindible -salvo algunas particulares situaciones- demostrar que éste obró con culpa. Y que, además, ese obrar culposo fue la causa del daño que se invoca. Nos hallamos, pues, ante un supuesto de responsabilidad subjetiva: el médico, reiteramos, sólo responderá por los daños que hubiere causado en tanto se acredite que ha obrado con negligencia, imprudencia o impericia.
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Enero - Febrero 2012 |
Responsabilidad por falta de consentimiento informado en España.
Por Dr. Fernando Barrios Flores.
Solo dos años después de que se consolidara la noción de consentimiento informado (en adelante, CI) en Estados Unidos, con la Sentencia Salgo Vs. Leland Stanford Jr. University-Broad of Trustees (1957), se dictó en España la STS 2ª, 10.3.1959, que tuvo carácter de pionera en esta materia.
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Enero - Febrero 2012 |
Leyes, técnica legislativa, semántica, actos ilícitos, leyes programáticas y hasta un poco de poesía.
Por Dr. Floreal López Delgado.
En un campo de estudio que justifica extensa literatura, el autor se anima a intentar una brevísima síntesis.
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